{"id":5335,"date":"2022-07-04T15:34:08","date_gmt":"2022-07-04T15:34:08","guid":{"rendered":"http:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/wordpress\/?page_id=5335"},"modified":"2025-12-18T11:24:41","modified_gmt":"2025-12-18T11:24:41","slug":"juzgado","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/web\/home\/juzgado\/","title":{"rendered":"Juzgado de Faltas"},"content":{"rendered":"<p>[et_pb_section fb_built=\u00bb1&#8243; admin_label=\u00bbsection\u00bb _builder_version=\u00bb4.16&#8243; global_colors_info=\u00bb{}\u00bb][et_pb_row admin_label=\u00bbrow\u00bb _builder_version=\u00bb4.16&#8243; background_size=\u00bbinitial\u00bb background_position=\u00bbtop_left\u00bb background_repeat=\u00bbrepeat\u00bb global_colors_info=\u00bb{}\u00bb][et_pb_column type=\u00bb4_4&#8243; _builder_version=\u00bb4.16&#8243; custom_padding=\u00bb|||\u00bb global_colors_info=\u00bb{}\u00bb custom_padding__hover=\u00bb|||\u00bb][et_pb_text admin_label=\u00bbText\u00bb _builder_version=\u00bb4.16&#8243; background_size=\u00bbinitial\u00bb background_position=\u00bbtop_left\u00bb background_repeat=\u00bbrepeat\u00bb global_colors_info=\u00bb{}\u00bb]<\/p>\n<h1>JUZGADO DE FALTAS<\/h1>\n<p style=\"text-align: left;\">El Juzgado de Faltas municipal tiene como funci\u00f3n principal recibir todo lo relacionado a las multas no solo, del \u00e1rea de transito si no tambi\u00e9n aquellas que ata\u00f1en a otras \u00e1reas comunales, como por ejemplo habilitaciones comerciales, bromatolog\u00eda, obras p\u00fablicas, en s\u00edntesis \u00e1reas que registren incumplimientos a normativas vigentes.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Recepciona los descargos luego de la comisi\u00f3n de la infracci\u00f3n, sea en formato papel sin necesidad de patrocinio letrado en mesa de entradas o en formato digital via mail a la casilla juzgado@coloniaavellaneda.gob.ar, a partir de ello se consideran las situaciones personales y las circunstancia de la contravenci\u00f3n para permitir evaluar si corresponde o no la aplicaci\u00f3n de la sanci\u00f3n o en su defecto la condonaci\u00f3n. Es importante decir que\u00a0 las personas tienen la posibilidad, por \u00fanica vez y siempre que no registren antecedentes de obtener el beneficio del pago voluntario cuyo importe se encuentra fijado por Ordenanza N\u00ba 102\/14 en 12 UM, siendo la unidad de valor Unidad Multa (UM) equivale <strong>1 UM = al valor de 1 Litro de nafta s\u00faper<\/strong> al momento del pago, por lo que var\u00edan el monto conforme las fluctuaciones del valor de la nafta en el mercado al momento del pago.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Cabe destacar que las sanciones vigentes que no fueran abonadas obstaculizaran la realizaci\u00f3n de tr\u00e1mites que provengan desde la municipalidad como por ejemplo\u00a0 obtener el carnet de conducir, no poder realizar habilitaciones comerciales entre \u00a0otros.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Asimismo, en el Juzgado de Faltas se fijan audiencias de conciliaci\u00f3n ante problemas de vecindad, recepcionado formulario de denuncia, se fija fecha de audiencia de comparencia obligatoria, se notifica a ambos y se le corre traslado a la denunciada con entrega de copia de la denuncia, procur\u00e1ndose a trav\u00e9s del di\u00e1logo lograr un acuerdo justo para ambas partes.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong><u>PREGUNTAS FRECUENTES:<\/u><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong>\u00a0<\/strong>1) \u00bfQu\u00e9 funci\u00f3n cumple el Juzgado de Faltas? Es el \u00f3rgano Municipal encargado de llevar adelante el juzgamiento de las faltas o infracciones a las normas de Polic\u00eda Municipal y eventualmente \u2013si le asignan o delegan competencia- de las Nacionales o Provinciales que se cometen dentro del ejido municipal.\u00a0<\/p>\n<p>2) \u00bfCu\u00e1l es el marco regulatorio? El proceso contravencional que el municipio lleva adelante a trav\u00e9s del juzgado de Faltas est\u00e1 establecido por el C\u00f3digo de Faltas Decreto 25\/05 y sus modificatorias; Ordenanzas vigentes dictadas por el Honorable Concejo Deliberante de Colonia Avellaneda; Ley Nacional de Transito 24.449 y su modificatoria entre otras.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">3) \u00bfQu\u00e9 se entiende por falta? Por falta se entiende a toda conducta tipificada como tal por la legislaci\u00f3n que tanto el Estado Nacional, Provincial y Municipal dictan en el ejercicio de su Poder de Polic\u00eda. La legislaci\u00f3n en materia de faltas tiene su fundamento en razones de seguridad, salubridad y moralidad p\u00fablica, cabe expresar ello se da siempre y cuando la conducta desplegada no sea de car\u00e1cter delictual, ya que ah\u00ed es competencia del Poder Judicial.- \u00a0<\/p>\n<p>4) \u00bfCu\u00e1les son las faltas m\u00e1s importantes? Existen faltas que podr\u00edamos llamar estacionales como por ejemplo falta de desmalezado de propietarios en sus predios, arrojo de agua por vaciado de piletas, como asi tambi\u00e9n ruidos molestos (fiestas) con volumen elevado principalmente en casa quintas en verano\u00a0 y al aire libre, actuando ante ese caso en conjunto con la Polic\u00eda de Entre R\u00edos por medio de la Comisaria local.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Existen otros tipos de faltas de no menor importancia como son el acopio de chatarras y elementos en desuso en la v\u00eda p\u00fablica, quema de pastizales y basura, arrojo de aguas servidas, tenencia de animales sueltos en la v\u00eda p\u00fablica y tenencia de animales de granja dentro del \u00e9jido municipal que tambi\u00e9n son sancionadas cuando son detectadas, para ello es importantes que el vecino se comprometa y denuncie el hecho mediante las v\u00edas de contacto.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">5) \u00bfC\u00f3mo se constatan las infracciones? Las infracciones son comprobadas por las \u00e1reas municipales que tienen entre sus funciones la inspecci\u00f3n de las siguientes actividades que se desarrollan en el ejido Municipal: La actividad comercial, el tr\u00e1nsito automotor, la construcci\u00f3n de obras de car\u00e1cter particular. Cabe expresar que por Ley Provincial N\u00ba 10.025 funcionario policial tiene la potestad de control de motoveh\u00edculos, pudiendo labrar actas de comprobaci\u00f3n de infracci\u00f3n y retener los mismos cuando se detecte una contravenci\u00f3n a la Ley Nacional de Transito N\u00ba 24.449 y sus modificatorias-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">6) \u00bfSe pueden realizar denuncias ante el Juzgado Municipal de Faltas? Las infracciones tambi\u00e9n pueden ser detectadas mediante las denuncias que realizan los particulares, a partir de lo cual se activan las investigaciones y controles necesarios por parte de las \u00e1reas de fiscalizaci\u00f3n y control del Municipio quienes cuando comprueban la falta, labran Actas entregando copia al infractor y remitiendo el original al Juzgado de Faltas Municipal para la formaci\u00f3n de la causa contravencional. Existe un formulario que pr\u00f3ximamente se podr\u00e1 descargar de la p\u00e1gina para efectuar la denuncia correspondiente, dejando aclarado que deben obrar los datos personales para individualizar correctamente el denunciante, debiendo remitirse copia al denunciado a fin de que comparezca y efect\u00fae el descargo correspondiente si asi lo estimare.- <a href=\"https:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2023\/06\/Formulario-Denuncia.pdf\"><strong>DESCARGAR FORMULARIO.<\/strong><\/a><\/p>\n<p>7) \u00bfQu\u00e9 facultades tiene el Juzgado de Falta? El Juzgado puede: -Clausurar preventivamente comercios, establecimientos u obras: En forma preventiva se clausura comercios y obras en construcci\u00f3n, si se estima que su funcionamiento pone en riesgo la salud o seguridad p\u00fablica o no cuentan con el permiso Municipal correspondiente. En esos casos se labrar\u00e1 un acta, que se remite al Juzgado Municipal de Faltas dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de efectuado. -Retener veh\u00edculos: En ocasi\u00f3n de labrar un acta de comprobaci\u00f3n de una infracci\u00f3n a la Ley de Tr\u00e1nsito puede procederse a la retenci\u00f3n del veh\u00edculo, con el cual se cometi\u00f3 el hecho (por ejemplo en casos de alcoholemia, c\u00e9dula verde vencida, falta de seguro y dem\u00e1s faltas que hagan a las condiciones de seguridad del rodado. -Secuestrar y decomisar mercader\u00eda: Adem\u00e1s de la clausura preventiva y la retenci\u00f3n vehicular, puede procederse al secuestro de mercader\u00eda cuando su venta o transporte no cumple con la normativa vigente, o se encuentre vencida por ejemplo). Luego del juzgamiento de la causa, si es precedente la misma se devuelve o de lo contrario se ordena su decomiso que equivale a su inutilizaci\u00f3n o destrucci\u00f3n. Una vez comprobada la infracci\u00f3n, el municipio remite al Juzgado de Faltas las Actas de comprobaci\u00f3n con miras al \u00a0juzgamiento y eventual sanci\u00f3n de los infractores.-<\/p>\n<p>8) Qu\u00e9 requisitos debe reunir el Acta m\u00e1s arriba mencionada? De conformidad al Art\u00edculo 31 del C\u00f3digo de Faltas Municipal, las causas se sancionar\u00e1n mediante un acta en que consten: A) Fecha, lugar y hora de comisi\u00f3n del hecho punible, B) La naturaleza y circunstancias del mismo, C) Nombre, domicilio y documento del imputado, dejando constancia si se niega a denunciarlo y\/o exhibirlo, D) La disposici\u00f3n legal presuntivamente infringida, E) Las pruebas, existentes, si las hubiere, F) Datos personales de los testigos del hecho, si hubiere, G) Constancia de los efectos secuestrados, H) Nombre y cargo de los funcionarios intervinientes.-<\/p>\n<p>9) \u00bfQu\u00e9 valor probatorio tiene el acta labrada de conformidad al Art\u00edculo 31? Esta acta firmada por los funcionarios intervinientes con o sin firma del infractor y\/o los testigos, har\u00e1 fe en juicio mientras no se pruebe lo contrario. Para el funcionario que la labr\u00f3, tendr\u00e1 car\u00e1cter de declaraci\u00f3n testimonial y la alteraci\u00f3n maliciosa de los hechos o de las circunstancias de modo, tiempo y lugar acaecidos que ella contenga har\u00e1 incurrir a su autor en las sanciones que el C\u00f3digo Penal prev\u00e9 ante denuncias y testimonios falsos.-<\/p>\n<p>10) \u00bfQu\u00e9 pasa si el imputado se niega a firmar el acta? Puede negarse. En este caso el funcionario interviniente dejar\u00e1 asentada esta circunstancia en el acta nombrando testigos si los hubiere.-<\/p>\n<p>11) \u00bfFirmar el acta es reconocer el hecho que se le imputa? No. La firma del acta no implica el reconocimiento del \u00abcargo\u00bb que se le imputa, tiene valor \u00fanicamente<\/p>\n<p>a los efectos de la notificaci\u00f3n para hacer su \u00abdescargo\u00bb.-<\/p>\n<p>Est\u00e1ndares de Calidad:<\/p>\n<p>\u2022 Dentro de los cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles siguientes de labrada el Acta, el imputado deber\u00e1 presentar su descargo y ofrecer las pruebas de la que intente valerse, bajo apercibimiento de ser conducido por la Fuerza P\u00fablica o en su defecto efectuar el reconocimiento de la infracci\u00f3n mediante el pago voluntario.-\u00a0<br \/>\u2022 El Juzgado de Faltas garantiza a trav\u00e9s de sus procedimientos normados la transparencia de su accionar a lo largo del proceso y en la sentencia dictada.\u00a0<br \/>\u2022 El Juzgado Municipal de Faltas garantiza el trato equitativo de todas las personas por igual que participan del debido proceso.-\u00a0<\/p>\n<h6>El Juzgado Municipal de Faltas tiene su oficina administrativa en Teniente Gim\u00e9nez N\u00ba 2679 de Colonia Avellaneda, atiende todo el a\u00f1o y no es alcanzado por las Ferias Judiciales.<\/h6>\n<h5><strong>Horarios de atenci\u00f3n son:<\/strong><\/h5>\n<h5><strong>Para la atenci\u00f3n al p\u00fablico presencial y v\u00eda telef\u00f3nica: de lunes a viernes de 07:00 hs. a 13:00 hs;<\/strong><\/h5>\n<h5><strong>Pago de multas: de lunes a viernes de 07:30 hs. a 12:30 hs.-<\/strong><\/h5>\n<h5><strong>Vias de Contacto:<\/strong><\/h5>\n<h5><strong>Telefono: 4979424 int. 21. \/ <span>343-155443475<\/span><\/strong><\/h5>\n<h5><strong>Mail: juzgado@coloniaavellaneda.gob.ar<\/strong><\/h5>\n<h5>\u00a0<\/h5>\n<p><strong>Juez de Faltas: Dr. Diego Fernando Franchini. Abogado &#8211; Mediador-.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Mesa de Entradas Juzgado: Sra. Pamela Mar\u00eda Elisabet Mendoza.-<\/strong><\/p>\n<p>[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>JUZGADO DE FALTAS El Juzgado de Faltas municipal tiene como funci\u00f3n principal recibir todo lo relacionado a las multas no solo, del \u00e1rea de transito si no tambi\u00e9n aquellas que ata\u00f1en a otras \u00e1reas comunales, como por ejemplo habilitaciones comerciales, bromatolog\u00eda, obras p\u00fablicas, en s\u00edntesis \u00e1reas que registren incumplimientos a normativas vigentes.- Recepciona los descargos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":3306,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"_et_pb_use_builder":"on","_et_pb_old_content":"<h1>JUZGADO DE FALTAS<\/h1>\t\t\n\t\t<p style=\"text-align: left;\">El Juzgado de Faltas municipal tiene como funci\u00f3n principal recibir todo lo relacionado a las multas no solo, del \u00e1rea de transito si no tambi\u00e9n aquellas que ata\u00f1en a otras \u00e1reas comunales, como por ejemplo habilitaciones comerciales, bromatolog\u00eda, obras p\u00fablicas, en s\u00edntesis \u00e1reas que registren incumplimientos a normativas vigentes.-<\/p><p style=\"text-align: left;\">Recepciona los descargos luego de la comisi\u00f3n de la infracci\u00f3n, sea en formato papel sin necesidad de patrocinio letrado en mesa de entradas o en formato digital via mail a la casilla juzgado@coloniaavellaneda.gob.ar, a partir de ello se consideran las situaciones personales y las circunstancia de la contravenci\u00f3n para permitir evaluar si corresponde o no la aplicaci\u00f3n de la sanci\u00f3n o en su defecto la condonaci\u00f3n. Es importante decir que\u00a0 las personas tienen la posibilidad, por \u00fanica vez y siempre que no registren antecedentes de obtener el beneficio del pago voluntario cuyo importe se encuentra fijado por Ordenanza N\u00ba 102\/14 en 12 UM, siendo la unidad de valor Unidad Multa (UM) equivale <strong>1 UM = al valor de 1 Litro de nafta s\u00faper<\/strong> al momento del pago, por lo que var\u00edan el monto conforme las fluctuaciones del valor de la nafta en el mercado al momento del pago.-<\/p><p style=\"text-align: left;\">Cabe destacar que las sanciones vigentes que no fueran abonadas obstaculizaran la realizaci\u00f3n de tr\u00e1mites que provengan desde la municipalidad como por ejemplo\u00a0 obtener el carnet de conducir, no poder realizar habilitaciones comerciales entre \u00a0otros.-<\/p><p style=\"text-align: left;\">Asimismo, en el Juzgado de Faltas se fijan audiencias de conciliaci\u00f3n ante problemas de vecindad, recepcionado formulario de denuncia, se fija fecha de audiencia de comparencia obligatoria, se notifica a ambos y se le corre traslado a la denunciada con entrega de copia de la denuncia, procur\u00e1ndose a trav\u00e9s del di\u00e1logo lograr un acuerdo justo para ambas partes.-<\/p><p style=\"text-align: left;\"><strong><u>PREGUNTAS FRECUENTES:<\/u><\/strong><\/p><p style=\"text-align: left;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p><p style=\"text-align: left;\"><strong>\u00a0<\/strong>1) \u00bfQu\u00e9 funci\u00f3n cumple el Juzgado de Faltas? Es el \u00f3rgano Municipal encargado de llevar adelante el juzgamiento de las faltas o infracciones a las normas de Polic\u00eda Municipal y eventualmente \u2013si le asignan o delegan competencia- de las Nacionales o Provinciales que se cometen dentro del ejido municipal.\u00a0<\/p><p>2) \u00bfCu\u00e1l es el marco regulatorio? El proceso contravencional que el municipio lleva adelante a trav\u00e9s del juzgado de Faltas est\u00e1 establecido por el C\u00f3digo de Faltas Decreto 25\/05 y sus modificatorias; Ordenanzas vigentes dictadas por el Honorable Concejo Deliberante de Colonia Avellaneda; Ley Nacional de Transito 24.449 y su modificatoria entre otras.-<\/p><p style=\"text-align: left;\">3) \u00bfQu\u00e9 se entiende por falta? Por falta se entiende a toda conducta tipificada como tal por la legislaci\u00f3n que tanto el Estado Nacional, Provincial y Municipal dictan en el ejercicio de su Poder de Polic\u00eda. 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Existen faltas que podr\u00edamos llamar estacionales como por ejemplo falta de desmalezado de propietarios en sus predios, arrojo de agua por vaciado de piletas, como asi tambi\u00e9n ruidos molestos (fiestas) con volumen elevado principalmente en casa quintas en verano\u00a0 y al aire libre, actuando ante ese caso en conjunto con la Polic\u00eda de Entre R\u00edos por medio de la Comisaria local.-<\/p><p style=\"text-align: left;\">Existen otros tipos de faltas de no menor importancia como son el acopio de chatarras y elementos en desuso en la v\u00eda p\u00fablica, quema de pastizales y basura, arrojo de aguas servidas, tenencia de animales sueltos en la v\u00eda p\u00fablica y tenencia de animales de granja dentro del \u00e9jido municipal que tambi\u00e9n son sancionadas cuando son detectadas, para ello es importantes que el vecino se comprometa y denuncie el hecho mediante las v\u00edas de contacto.-<\/p><p style=\"text-align: left;\">5) \u00bfC\u00f3mo se constatan las infracciones? Las infracciones son comprobadas por las \u00e1reas municipales que tienen entre sus funciones la inspecci\u00f3n de las siguientes actividades que se desarrollan en el ejido Municipal: La actividad comercial, el tr\u00e1nsito automotor, la construcci\u00f3n de obras de car\u00e1cter particular. Cabe expresar que por Ley Provincial N\u00ba 10.025 funcionario policial tiene la potestad de control de motoveh\u00edculos, pudiendo labrar actas de comprobaci\u00f3n de infracci\u00f3n y retener los mismos cuando se detecte una contravenci\u00f3n a la Ley Nacional de Transito N\u00ba 24.449 y sus modificatorias-<\/p><p style=\"text-align: left;\">6) \u00bfSe pueden realizar denuncias ante el Juzgado Municipal de Faltas? Las infracciones tambi\u00e9n pueden ser detectadas mediante las denuncias que realizan los particulares, a partir de lo cual se activan las investigaciones y controles necesarios por parte de las \u00e1reas de fiscalizaci\u00f3n y control del Municipio quienes cuando comprueban la falta, labran Actas entregando copia al infractor y remitiendo el original al Juzgado de Faltas Municipal para la formaci\u00f3n de la causa contravencional. Existe un formulario que pr\u00f3ximamente se podr\u00e1 descargar de la p\u00e1gina para efectuar la denuncia correspondiente, dejando aclarado que deben obrar los datos personales para individualizar correctamente el denunciante, debiendo remitirse copia al denunciado a fin de que comparezca y efect\u00fae el descargo correspondiente si asi lo estimare.- <a href=\"http:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/wordpress\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Formulario-Denuncia.pdf\"><strong>DESCARGAR FORMULARIO.<\/strong><\/a><\/p><p>7) \u00bfQu\u00e9 facultades tiene el Juzgado de Falta? El Juzgado puede: -Clausurar preventivamente comercios, establecimientos u obras: En forma preventiva se clausura comercios y obras en construcci\u00f3n, si se estima que su funcionamiento pone en riesgo la salud o seguridad p\u00fablica o no cuentan con el permiso Municipal correspondiente. En esos casos se labrar\u00e1 un acta, que se remite al Juzgado Municipal de Faltas dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de efectuado. -Retener veh\u00edculos: En ocasi\u00f3n de labrar un acta de comprobaci\u00f3n de una infracci\u00f3n a la Ley de Tr\u00e1nsito puede procederse a la retenci\u00f3n del veh\u00edculo, con el cual se cometi\u00f3 el hecho (por ejemplo en casos de alcoholemia, c\u00e9dula verde vencida, falta de seguro y dem\u00e1s faltas que hagan a las condiciones de seguridad del rodado. -Secuestrar y decomisar mercader\u00eda: Adem\u00e1s de la clausura preventiva y la retenci\u00f3n vehicular, puede procederse al secuestro de mercader\u00eda cuando su venta o transporte no cumple con la normativa vigente, o se encuentre vencida por ejemplo). Luego del juzgamiento de la causa, si es precedente la misma se devuelve o de lo contrario se ordena su decomiso que equivale a su inutilizaci\u00f3n o destrucci\u00f3n. Una vez comprobada la infracci\u00f3n, el municipio remite al Juzgado de Faltas las Actas de comprobaci\u00f3n con miras al \u00a0juzgamiento y eventual sanci\u00f3n de los infractores.-<\/p><p>\u00a0<br \/>8) Qu\u00e9 requisitos debe reunir el Acta m\u00e1s arriba mencionada? De conformidad al Art\u00edculo 31 del C\u00f3digo de Faltas Municipal, las causas se sancionar\u00e1n mediante un acta en que consten: A) Fecha, lugar y hora de comisi\u00f3n del hecho punible, B) La naturaleza y circunstancias del mismo, C) Nombre, domicilio y documento del imputado, dejando constancia si se niega a denunciarlo y\/o exhibirlo, D) La disposici\u00f3n legal presuntivamente infringida, E) Las pruebas, existentes, si las hubiere, F) Datos personales de los testigos del hecho, si hubiere, G) Constancia de los efectos secuestrados, H) Nombre y cargo de los funcionarios intervinientes.-<\/p><p>\u00a0<br \/>9) \u00bfQu\u00e9 valor probatorio tiene el acta labrada de conformidad al Art\u00edculo 31? Esta acta firmada por los funcionarios intervinientes con o sin firma del infractor y\/o los testigos, har\u00e1 fe en juicio mientras no se pruebe lo contrario. Para el funcionario que la labr\u00f3, tendr\u00e1 car\u00e1cter de declaraci\u00f3n testimonial y la alteraci\u00f3n maliciosa de los hechos o de las circunstancias de modo, tiempo y lugar acaecidos que ella contenga har\u00e1 incurrir a su autor en las sanciones que el C\u00f3digo Penal prev\u00e9 ante denuncias y testimonios falsos.-<\/p><p>10) \u00bfQu\u00e9 pasa si el imputado se niega a firmar el acta? Puede negarse. En este caso el funcionario interviniente dejar\u00e1 asentada esta circunstancia en el acta nombrando testigos si los hubiere.-<\/p><p>\u00a0<br \/>11) \u00bfFirmar el acta es reconocer el hecho que se le imputa? No. La firma del acta no implica el reconocimiento del \"cargo\" que se le imputa, tiene valor \u00fanicamente<\/p><p>a los efectos de la notificaci\u00f3n para hacer su \"descargo\".-<\/p><p>\u00a0<br \/>Est\u00e1ndares de Calidad:<\/p><p>\u2022 Dentro de los cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles siguientes de labrada el Acta, el imputado deber\u00e1 presentar su descargo y ofrecer las pruebas de la que intente valerse, bajo apercibimiento de ser conducido por la Fuerza P\u00fablica o en su defecto efectuar el reconocimiento de la infracci\u00f3n mediante el pago voluntario.-\u00a0<br \/>\u2022 El Juzgado de Faltas garantiza a trav\u00e9s de sus procedimientos normados la transparencia de su accionar a lo largo del proceso y en la sentencia dictada.\u00a0<br \/>\u2022 El Juzgado Municipal de Faltas garantiza el trato equitativo de todas las personas por igual que participan del debido proceso.-\u00a0<\/p><h6>El Juzgado Municipal de Faltas tiene su oficina administrativa en Teniente Gim\u00e9nez N\u00ba 2679 de Colonia Avellaneda, atiende todo el a\u00f1o y no es alcanzado por las Ferias Judiciales.<\/h6><h5><strong>Horarios de atenci\u00f3n son:<\/strong><\/h5><h5><strong>Para la atenci\u00f3n al p\u00fablico presencial y v\u00eda telef\u00f3nica: de lunes a viernes de 07:00 hs. a 13:00 hs;<\/strong><\/h5><h5><strong>Pago de multas: de lunes a viernes de 07:30 hs. a 12:30 hs.-<\/strong><\/h5><h5><strong>Vias de Contacto:<\/strong><\/h5><h5><strong>Telefono: 4979424 int. 21.-<\/strong><\/h5><h5><strong>Mail: juzgado@coloniaavellaneda.gob.ar<\/strong><\/h5><h5>\u00a0<\/h5><p><strong>Juez de Faltas: Dr. Diego Fernando Franchini. Abogado - Mediador-.<\/strong><\/p><p><strong>Mesa de Entradas Juzgado: Sra. Pamela Mar\u00eda Elisabet Mendoza.-<\/strong><\/p>","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"class_list":["post-5335","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/5335","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5335"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/5335\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6748,"href":"https:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/5335\/revisions\/6748"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/3306"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coloniaavellaneda.gob.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5335"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}